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🧬 Reproducción asistida y gestación subrogada: qué comprobar
El acceso a tratamientos, la gestación subrogada y el reconocimiento de los padres son cuestiones diferentes. Confirma las reglas locales antes de iniciar un recorrido o firmar un acuerdo.
Antes de empezar
1. FIV: acceso no equivale a filiación
Solicita evaluación de infertilidad a tu red de salud. La jurisprudencia, incluida T-355/24, trata financiación excepcional y parcial de FIV sujeta a requisitos; no es una promesa de cobertura universal por EPS. Pide respuesta escrita sobre indicación, ruta de solicitud y participación económica, y orientación jurídica si se niega.
2. Gestación por sustitución y filiación
T-275/22 examina una licencia en un caso de gestación subrogada y advierte la falta de regulación integral; no crea un mercado comercial autorizado ni garantiza filiación o pasaporte. C-415/22 protege la distribución de licencias de parejas adoptantes del mismo sexo, no cualquier supuesto de subrogación. Solicita revisión jurídica independiente de normativa y jurisprudencia posteriores, registro, consentimiento, nacionalidad y protección de la gestante antes de cualquier acuerdo.
3. Antes de cualquier acuerdo
Verifica las normas vigentes en origen y destino con asesoría independiente de la clínica o agencia. Aclara derechos de la gestante, protección del bebé, registro, nacionalidad y viaje. No uses clasificaciones de países «favorables» ni promesas comerciales como asesoramiento legal.
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- Colombia: Ley 2114 de 2021
- Registraduría: registro de nacimiento
- Corte Constitucional: T-275/22
- Corte Constitucional: T-355/24, financiación excepcional de FIV
Consulta a tu pediatra o equipo de salud ante cualquier duda. Emergencia vital: 123.
